viernes , abril 19 2024

Comités de participación ciudadana hacen llamado para evitar actos de corrupción en pandemia

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Mediante un comunicado, los Comités de Participación Ciudadana de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, hicieron un reconocimiento a sus gobiernos estatales por los esfuerzos y acciones realizadas hasta el momento en el combate a la pandemia por el COVID-19 en favor de la población y

La Organización Mundial de la Salud (OMS), el once de marzo del año en curso, declaró que la enfermedad COVID-19 había alcanzado el nivel de pandemia mundial. De ahí la relevancia del respeto al derecho humano a garantizar que todas las personas disfruten del acceso a la salud y obligar a los gobiernos a adoptar medidas que atiendan esta exigencia ciudadana.

“Por lo anterior, se reconoce todo el esfuerzo realizado por los gobiernos de los Estados firmantes para salvaguardar a sus habitantes, al implementar acciones en común de cuidado, protección y contención de la enfermedad por el COVID-19”, señala el comunicado.

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“En este contexto, la participación de las y los ciudadanos es sustancial y necesaria para la toma de decisiones dentro del sector público de nuestro país, con la seguridad de ejercer libremente los derechos humanos reconocidos en la legislación nacional e internacional, como el de acceso a la información pública”, añade.

Ante esto, en acuerdo unánime mediante conferencia virtual de los Comités y Consejo de Participación Ciudadana de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, hicieron un llamado a los gobiernos de estas tres entidades a fin de transparentar la información respecto a las acciones implementadas, compras y adquisiciones para hacer frente a la contingencia sanitaria propiciada por la enfermedad COVID-19.

“A toda autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de las Entidades Federativas y los municipios, en los siguientes términos:

  1. Garantizar el derecho humano de acceso a la información a fin de transparentar esas acciones.
  2. Atender las solicitudes de información y protección de datos personales y recursos de revisión que requieran información relativa a la enfermedad COVID-19, o sobre medidas de atención a la emergencia sanitaria implementada a partir de las determinaciones del Consejo o Comités Técnicos de Salubridad de los Estados.
  • Mantener para consulta directa y difundir, a través de sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia:
  • Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre el diseño, ejecución, criterios, en su caso reglas de operación, población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.
  • Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad, así como el área responsable de la entrega, asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.
  • La relativa a los convenios de colaboración y contratos que los sujetos obligados celebren con la Federación, otros Estados, con los Municipios y cualquier otra persona de derecho público o privado.
  • Los nombres de los beneficiarios de los programas de subsidio, estímulo y/o apoyos otorgados.
  • Los padrones de beneficiarios de los programas sociales; Padrón de proveedores y contratistas.
  • Listado de las instituciones de beneficencia que reciban recursos públicos del sujeto obligado.
  • Los mecanismos de participación ciudadana.

Lo anterior, manifiesta el comunicado, “En razón de que el acceso a la información como derecho colectivo o garantía social, citado en jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se trata de un derecho fundado en una de las características principales del gobierno republicano, que es el de la publicidad de los actos de gobierno  y la transparencia de la administración, por tanto, este derecho resulta ser una consecuencia directa del principio administrativo de transparencia de la información pública gubernamental y, a la vez se vincula con el derecho de participación de los ciudadanos en la vida pública, protegido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Redacción / El Portal de Monterrey

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