miércoles , febrero 18 2026

Aprueban modernizar arrendamientos

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El Congreso del Estado aprobó una reforma a los artículos 2346 y 2346 Bis del Código Civil para el Estado de Nuevo León relativa a modernizar el régimen jurídico del arrendamiento.

El dictamen, de la Comisión de Legislación, fue presentado en Tribuna por el Diputado Ignacio Castellanos.

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El Legislador mencionó que la falta de mecanismos claros para acreditar el pago de la renta y la ausencia de criterios objetivos para la actualización de los montos pactados se ha convertido en una problemática recurrente que la legislación civil actual no ha logrado resolver de manera eficaz.

Uno de los principales motivos de controversia deriva de la negativa de algunos arrendadores a expedir comprobantes o recibos de pago, lo que coloca al arrendatario en una posición de vulnerabilidad probatoria ante procedimientos judiciales.

La reforma responde a exigencias constitucionales, convencionales y sociales; fortalece la protección de la vivienda como derecho humano; corrige desequilibrios estructurales propios del arrendamiento habitacional; garantiza la certeza económica y jurídica de las obligaciones contractuales; previene abusos y controversias; y promueve la estabilidad del hogar como núcleo fundamental de la vida familiar.

Se aprobó que la renta deberá pagarse en los plazos convenidos por los contratantes. A falta de convenio será por mes vencido.

También que el arrendador deberá expedir a solicitud del arrendatario el comprobante que corresponda por las rentas efectivamente pagadas, pudiendo consistir en un recibo correspondiente, y/o comprobante fiscal digital, según sea el caso.

Dichos comprobantes acreditarán el cumplimiento de la obligación de pago del arrendatario. En caso de que el arrendador no lo expida, el arrendatario podrá acreditar el pago por cualquier medio de prueba reconocido por la legislación aplicable, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurra el arrendador por la negativa injustificada de entregar el comprobante correspondiente.

Además, que la renta podrá actualizarse anualmente, conforme al porcentaje de variación del Índice Nacional de Precios al Consumidor o al indicador económico que las partes convengan expresamente por escrito.

Redacción | El Portal de Monterrey

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